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Derechos Soberanos

Derechos Soberanos

Enseña el Derecho Nobiliario, que un soberano efectivamente reinante ostenta cuatro poderes esenciales, que constituyen “la soberanía”:

el “ius imperii” (o derecho de mando),

el “ius gladii” (o derecho de guerra),

el “ius maiestatis” (derecho de ser honrado como tal),

el “ius conferendi honorum” (o derecho de conferir honras).

Cuando pierde el poder territorial, los dos primeros derechos quedan suspendidos cuanto a su ejercicio. O sea, permanecen en la persona que los poseía, “in pectore et in potentia”. En cuanto los últimos dos, el “ius maiestatis” y el “ius honorum”, permanecen efectivos y activos.

Obviamente, el “ius maiestatis”, o derecho de ser honrado como tal, depende de la persona, en continuar su linaje. En cuanto al “ius conferendi honorum”, este será ejercitado en la medida en que las circunstancias lo permitan y el ministerio de la Dinastía fue cumplido.

Este ministerio, no es necesariamente político, debe de tener como objetivos la promoción de los derechos humanos, como incentivo para la práctica de las virtudes, la beneficencia, la cultura, la acción comunitaria, en beneficio de un todo social.

Es esta, fundamentalmente, la acción ejercida por las Dinastía Teocráticas, no reinantes, a favor del Pueblo de Dios, como co-autoras de la Redención.

Es de remarcar, porque títulos y honras conferidos deben de ser expresión de un derecho legítimo, que el “ius conferendi honorum”, inherente a los Jerarcas Dinásticos y/o Apostólicos, tienen un carácter de universalidad, en el cumplimiento de su ministerio, incentivar y promover virtudes y méritos, Príncipes y Patriarcas pueden honrar libremente a quien consideren digno de tal reconocimiento, independiente de nacionalidad o de naturaleza, de raza o de credo.

Esta definición, que interesa a la defensa del “ius conferendi honorum” de Jefes Dinásticos y Patriarcas, es ampliamente comprobable. Basta dar un repaso visual por las relaciones nobiliarias de estados, dinastías y comunidades religiosas.

Otros instrumentos de servicio del cuál disponen las Jerarquías Apostólicas, para cumplir bien su tareas, son las órdenes de caballería, en sus diversos aspectos y manifestaciones.

Son cuerpos orgánicamente constituidos, basicamente fraternales, con objetivos específicos de trabajo social, de cultura, de culto o de preservación de la conciencia ancestral, siempre observando la promoción y enriquecimiento espiritual del Pueblo de Dios.